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Contabilidad multi-territorio en España: IVA, IGIC e IPSI

ContaCloud 5 min de lectura
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España no tiene un único sistema fiscal. A diferencia de la mayoría de países europeos, el territorio español se divide en cuatro regímenes fiscales diferentes, cada uno con sus propias normas, tipos impositivos y autoridades tributarias. Para las gestorías y empresas que operan en múltiples territorios, esta fragmentación supone un desafío administrativo y de cumplimiento importante.

Esta guía explica las diferencias entre los cuatro regímenes, los tipos impositivos aplicables, las reglas de operaciones entre territorios, y cómo gestionar la contabilidad multi-territorio de forma eficiente.

Los 4 regímenes fiscales españoles

España divide su territorio en cuatro zonas fiscales diferenciadas:

1. Territorio IVA (Península y Baleares)

Ámbito geográfico:

  • Península ibérica (España continental)
  • Islas Baleares (Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera)

Impuesto indirecto:

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
  • Armonizado con la Unión Europea (Directiva 2006/112/CE)

Autoridad fiscal:

  • AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria)

Nota importante: Aunque geográficamente Baleares son islas, fiscalmente pertenecen al territorio IVA (NO al régimen canario IGIC). Código postal 07xxx = IVA.

2. Canarias (IGIC)

Ámbito geográfico:

  • Islas Canarias (Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro)

Impuesto indirecto:

  • IGIC (Impuesto General Indirecto Canario)
  • NO es IVA (Canarias NO está en el territorio aduanero de la UE)
  • Tipos impositivos más bajos que el IVA peninsular

Autoridad fiscal:

  • ATC (Agencia Tributaria Canaria)
  • Comunidad Autónoma de Canarias (competencias propias)

Particularidades:

  • Canarias tiene zona franca (ZEC) con incentivos fiscales especiales
  • Las operaciones desde Península a Canarias se consideran exportaciones (exentas de IVA)
  • Las operaciones desde Canarias a Península se consideran importaciones (sujetas a IVA en destino)

3. Ceuta (IPSI)

Ámbito geográfico:

  • Ciudad Autónoma de Ceuta

Impuesto indirecto:

  • IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación)
  • Estructura similar al IVA pero con tipos reducidos

Autoridad fiscal:

  • Servicios Tributarios de la Ciudad Autónoma de Ceuta

Particularidades:

  • IPSI de Ceuta tiene tipos y exenciones propias (diferentes a Melilla)
  • Las operaciones desde Península a Ceuta son exportaciones
  • Ceuta NO está en el territorio aduanero de la UE

4. Melilla (IPSI)

Ámbito geográfico:

  • Ciudad Autónoma de Melilla

Impuesto indirecto:

  • IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación)
  • Aunque se llama igual que el IPSI de Ceuta, tiene tipos impositivos diferentes

Autoridad fiscal:

  • Servicios Tributarios de la Ciudad Autónoma de Melilla

Particularidades:

  • IPSI de Melilla tiene estructura propia (tipos diferentes a Ceuta)
  • Las operaciones desde Península a Melilla son exportaciones
  • Melilla NO está en el territorio aduanero de la UE

Tipos impositivos por territorio

Los cuatro territorios tienen estructuras de tipos impositivos diferentes:

IVA (Península y Baleares)

TipoTasaAplicación
General21%Mayoría de bienes y servicios
Reducido10%Alimentos, transporte, hostelería, vivienda
Superreducido4%Pan, leche, libros, medicamentos, vivienda social
Exento0%Educación, sanidad, servicios financieros, seguros

IGIC (Canarias)

TipoTasaAplicación
General7%Mayoría de bienes y servicios
Incrementado9.5%Labores del tabaco, bebidas alcohólicas
Incrementado alto13.5%Productos suntuarios
Incrementado máximo20%Labores del tabaco (cigars, cigarrillos)
Reducido3%Alimentos, transporte, hostelería
Especial0%Pan, leche, libros, medicamentos
Exento0%Educación, sanidad, servicios financieros

Diferencia clave: El tipo general del IGIC (7%) es muy inferior al IVA peninsular (21%), lo que hace Canarias atractivo fiscalmente.

IPSI Ceuta

TipoTasaAplicación
General10%Mayoría de bienes y servicios
Reducido 14%Alimentos, hostelería
Reducido 22%Transporte
Reducido 31%Pan, leche, libros
Incrementado15%Bebidas alcohólicas, tabaco
Especial0.5%Algunos servicios específicos
Exento0%Educación, sanidad

IPSI Melilla

TipoTasaAplicación
General10%Mayoría de bienes y servicios
Reducido 14%Alimentos, hostelería
Reducido 22%Transporte
Reducido 31%Pan, leche, libros
Incrementado15%Bebidas alcohólicas, tabaco
Especial0.5%Algunos servicios específicos
Exento0%Educación, sanidad

Nota: Aunque los tipos de Ceuta y Melilla son actualmente iguales en la mayoría de categorías, son dos regímenes legalmente independientes. Las ciudades autónomas pueden modificar sus tipos de forma autónoma en el futuro.

Operaciones entre territorios

Las operaciones comerciales entre los cuatro territorios españoles tienen reglas específicas que determinan qué impuesto se aplica y quién lo recauda:

Regla general: Lugar de realización del hecho imponible

El impuesto indirecto se aplica en el territorio donde se realiza la operación, no donde está establecido el proveedor:

  • Entrega de bienes: Donde está físicamente el bien en el momento de la entrega
  • Prestación de servicios: Reglas complejas (sede del destinatario para B2B, sede del prestador para B2C en algunos casos)

Operaciones Península ↔ Canarias

Venta desde Península a Canarias:

  • En Península: Exenta de IVA (código E2: exportación a territorio tercero)
  • En Canarias: Sujeta a IGIC como importación (el comprador canario paga IGIC al recibir la mercancía)
  • Documentación: DUA (Documento Único Administrativo) de exportación

Venta desde Canarias a Península:

  • En Canarias: Exenta de IGIC (exportación)
  • En Península: Sujeta a IVA como importación (el comprador peninsular paga IVA en Aduanas)
  • Documentación: DUA de importación

Servicios B2B (empresa a empresa):

  • Regla general: Inversión del sujeto pasivo (reverse charge)
  • El proveedor factura sin impuesto
  • El destinatario se autorepercute el impuesto correspondiente (IVA o IGIC según su territorio)

Operaciones Península ↔ Ceuta/Melilla

Venta desde Península a Ceuta/Melilla:

  • En Península: Exenta de IVA (código E2: exportación)
  • En Ceuta/Melilla: Sujeta a IPSI como importación

Venta desde Ceuta/Melilla a Península:

  • En Ceuta/Melilla: Exenta de IPSI (exportación)
  • En Península: Sujeta a IVA como importación

Servicios B2B:

  • Similar a Canarias: inversión del sujeto pasivo

Operaciones entre territorios no-IVA

Canarias ↔ Ceuta/Melilla:

  • Cada operación es una exportación desde el territorio de origen e importación al territorio de destino
  • No existe simplificación administrativa (requiere DUA)

Ceuta ↔ Melilla:

  • Aunque ambos usan IPSI, son territorios fiscales separados
  • Cada operación requiere tratamiento de exportación/importación

Autoridades fiscales

Cada territorio tiene su propia autoridad fiscal con competencias específicas:

AEAT (Península y Baleares)

  • Ámbito: IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades, modelos tributarios nacionales
  • Sede electrónica: sede.agenciatributaria.gob.es
  • Modelos principales: 303 (IVA), 111 (retenciones), 130 (IRPF autónomos), 347/349 (informativas)

ATC — Agencia Tributaria Canaria

  • Ámbito: IGIC, tributos autonómicos canarios
  • Sede electrónica: sede.gobcan.es/atc
  • Modelos principales: 420 (IGIC trimestral, equivalente al 303), resúmenes anuales

Importante: Las empresas canarias presentan IRPF e Impuesto de Sociedades a la AEAT (son tributos estatales), pero el IGIC a la ATC.

Servicios Tributarios de Ceuta

  • Ámbito: IPSI (Ceuta)
  • Contacto: Consejería de Hacienda, Ciudad Autónoma de Ceuta
  • Modelos: Equivalentes al IVA pero con numeración propia

Servicios Tributarios de Melilla

  • Ámbito: IPSI (Melilla)
  • Contacto: Consejería de Hacienda, Ciudad Autónoma de Melilla
  • Modelos: Equivalentes al IVA pero con numeración propia

El reto para gestores y asesores fiscales

Para las gestorías que manejan empresas en múltiples territorios, el principal desafío es la fragmentación administrativa:

1. Diferentes portales de presentación

Cada autoridad fiscal tiene su propia sede electrónica:

  • AEAT: Sistema Cl@ve, certificado digital, presentación online
  • ATC: Sistema propio (sede.gobcan.es), certificados diferentes
  • Ceuta/Melilla: Sistemas locales con menos automatización

Esto significa que para presentar declaraciones de 20 empresas (10 en Península, 5 en Canarias, 3 en Ceuta, 2 en Melilla), el gestor debe:

  • Conectarse a 4 portales diferentes
  • Mantener 4 certificados digitales
  • Conocer 4 formatos de presentación diferentes

2. Diferentes modelos tributarios

Aunque conceptualmente los modelos son equivalentes (declaración trimestral de impuesto indirecto, retenciones, etc.), cada territorio usa:

  • Numeración diferente (303 en IVA, 420 en IGIC)
  • Formatos de archivo diferentes (BOE para AEAT, formatos propios para ATC)
  • Plazos de presentación ligeramente diferentes

3. Diferentes criterios de interpretación

Cada autoridad fiscal interpreta normativa específica:

  • ¿Una operación concreta está exenta o no? La respuesta puede variar entre AEAT y ATC
  • ¿Qué tipo impositivo se aplica a un bien específico? Cada territorio tiene su propia clasificación
  • ¿Cómo se calcula la base imponible en operaciones triangulares? Cada autoridad puede tener criterios diferentes

4. Cambios normativos descoordinados

La AEAT puede modificar el IVA (dentro de los límites de la Directiva UE), mientras que la ATC puede modificar el IGIC de forma independiente. Los gestores deben seguir:

  • BOE (normativa estatal IVA)
  • BOC (Boletín Oficial de Canarias, normativa IGIC)
  • Boletines oficiales de Ceuta y Melilla

La solución: gestión unificada

ContaCloud es la primera plataforma de contabilidad española que gestiona los cuatro territorios fiscales desde una única interfaz:

Una sola plataforma, cuatro territorios

  • Crea empresas en cualquier territorio (IVA, IGIC, IPSI Ceuta, IPSI Melilla)
  • Emite facturas con el impuesto correcto automáticamente (detecta territorio del cliente)
  • Genera modelos tributarios para cada autoridad fiscal (303/AEAT, 420/ATC, IPSI/Ceuta-Melilla)

Reglas de operaciones entre territorios

ContaCloud incluye un motor de determinación fiscal que aplica automáticamente:

  • Exención E2 cuando facturas de Península a Canarias/Ceuta/Melilla
  • Inversión del sujeto pasivo en servicios B2B entre territorios
  • Códigos de operación correctos en cada modelo (347, 349, declaraciones informativas)

Presentación centralizada

Desde el panel de ContaCloud:

  • Ve todas las declaraciones pendientes de todas tus empresas (independientemente del territorio)
  • Genera archivos de presentación con un clic (formato correcto para cada autoridad)
  • Descarga o envía directamente a cada sede electrónica (AEAT, ATC, Ceuta, Melilla)

No necesitas cambiar de portal ni recordar diferentes formatos. ContaCloud centraliza todo.

Vista consolidada multi-territorio

Para gestorías que manejan portfolios de empresas, ContaCloud ofrece:

  • Dashboard consolidado: Ve el estado fiscal de 50+ empresas en una sola pantalla
  • Alertas por territorio: Notificaciones específicas de cada autoridad fiscal
  • Informes comparativos: Analiza carga fiscal entre territorios (útil para decisiones de ubicación de nuevas empresas)

Conclusión

España tiene cuatro regímenes fiscales independientes: IVA (Península y Baleares), IGIC (Canarias), IPSI Ceuta e IPSI Melilla. Cada uno tiene:

  • Tipos impositivos propios
  • Autoridad fiscal independiente
  • Modelos de presentación específicos
  • Reglas de operaciones entre territorios

Para gestorías y empresas multi-territorio, gestionar esta complejidad manualmente supone conectarse a 4 portales diferentes, conocer 4 formatos de archivo, y seguir 4 fuentes normativas.

ContaCloud gestiona los 4 territorios desde una sola plataforma, aplicando automáticamente las reglas fiscales correctas y generando las declaraciones para cada autoridad. Descubre cómo simplificamos la contabilidad multi-territorio o prueba gratis durante 14 días.


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